PROVINCIA A.R.T. S.A. c/ CLEAN BAIRES S.A. s/ORDINARIO
La Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART) demandó a la empleadora por cobro de sumas pagadas en virtud de una condena solidaria en un juicio laboral. La Cámara modificó parcialmente la sentencia y estableció una nueva fecha de inicio de los intereses.
Cobro de $51.168,50 pagados por la ART en virtud de una condena solidaria en un juicio laboral por accidente de trabajo.
¿Qué se resolvió?
Se confirma el rechazo de la defensa de prescripción. Se modifica la sentencia estableciendo que los intereses se devenguen desde el 15/4/2013, cuando la demandada tomó conocimiento del pago realizado por la ART. Se rechazan los restantes agravios de la demandada.
Fundamentos relevantes:
- La responsabilidad de la ART se basó en el incumplimiento del deber de prevención del art. 1074 del Código Civil, por lo que procede la acción de repetición prevista en el art. 1109 del mismo código.
- La prohibición de repetición del art. 1082 del Código Civil no es aplicable a los "cuasidelitos" como el presente caso, sino sólo a los delitos.
- La mora se debe computar desde que la demandada tomó conocimiento del pago realizado por la ART, en aplicación de las reglas de la gestión de negocios.
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