CEMARPI S.A.C.I. c/ SHELL C.A.P.S.A. s/ORDINARIO
La empresa Cemarpi promovió demanda contra Shell para que retire los elementos de su propiedad que le había entregado en comodato. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial modificó la sentencia y estableció que corresponde a Shell realizar el retiro de dichos bienes.
¿Quién es el actor?
"Cemarpi SACI"
¿A quién se demanda?
"Shell CAPSA"
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Que "Shell" retire los elementos de su propiedad (tanques, cañerías, surtidores, cartelería) que le había entregado en comodato y realice las tareas de reparación y remediación pertinentes.
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia de primera instancia y decidió que corresponde a "Shell" realizar el retiro de los bienes oportunamente entregados a "Cemarpi", debiendo ésta última poner a disposición el acceso al inmueble y reparar los eventuales daños al suelo.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
Si bien en principio correspondía a "Cemarpi" la devolución de los bienes recibidos en comodato, la Cámara consideró que correspondía apartarse de dicha solución ante las particularidades del caso, la omisión de las partes de regular este aspecto en el contrato y el hecho de que fue "Shell" quien decidió finalizar la relación comercial.
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