PICCARDI, MARCELO NICOLAS c/ VIEL AUTOMOTORES S.A.C.I.F.I. s/ORDINARIO
El actor promovió demanda por el incumplimiento de una oferta publicitada por la concesionaria. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil confirmó la condena a la demandada a vender el vehículo al precio ofertado, pero rechazó los rubros por daño moral y daño punitivo.
Cumplimiento de oferta publicitada para la venta de un vehículo Ford Fiesta al precio de $84.000, más indemnización por daño moral y daño punitivo.
¿Qué se resolvió?
Se ordenó a la demandada a vender el vehículo al precio ofertado, pero se rechazaron los rubros por daño moral y daño punitivo. El tribunal consideró que si bien hubo un incumplimiento contractual, no se acreditó la existencia de dolo o culpa grave de la demandada que justifique la aplicación de la multa por daño punitivo. "La finalidad perseguida con este tipo de instituto debe apuntar a sancionar al causante de un daño inadmisible con eventual proyección social y hacer desaparecer los beneficios injustamente obtenidos a través de esa actividad dañosa, con una finalidad ejemplificadora y disuasoria respecto de su reiteración. (...) No se advierte configurada la existencia de dolo o culpa grave en cabeza de la accionada."
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