Logo

SANTOS KENEPPLE, CLAUDIA MONICA c/ LEDESMA, JOSE VICTOR s/ORDINARIO

La corredora promovió demanda por cobro de comisión inmobiliaria. La Cámara revocó la sentencia de primera instancia y condenó al demandado al pago parcial de la comisión reclamada.

Condominio Responsabilidad civil Buena fe contractual Corretaje inmobiliario Autorizacion de venta Comision de corretaje


¿Quién es el actor?

Claudia Mónica Santos Kenepple (corredora inmobiliaria)

¿A quién se demanda?

José Víctor Ledesma (propietario de un inmueble)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cobro de comisión de corretaje por la venta del inmueble propiedad de Ledesma.

¿Qué se resolvió?

La Cámara revocó la sentencia de primera instancia que había rechazado la demanda, y condenó a Ledesma a pagar una indemnización por comisión de corretaje. La Cámara consideró que si bien la actora no intervino directamente en la venta, la misma se produjo durante la vigencia de la autorización de venta que le había otorgado Ledesma, por lo que tiene derecho a percibir la comisión pactada. Fundamentos relevantes:
- La autorización de venta otorgada a la corredora tenía carácter exclusivo y vigencia de 90 días, por lo que la venta realizada posteriormente por los copropietarios durante ese plazo le genera a la corredora el derecho a percibir la comisión.
- Si bien la actora debió requerir la conformidad expresa de la cotitular del inmueble, esa omisión no le quita efectos a la autorización de venta firmada por uno de los copropietarios, ya que las ofertas debían ser consideradas indefectiblemente por ambos condominios.
- La falta de oposición de la cotitular durante casi 3 meses desde la suscripción de la autorización implica una convalidación tácita de la intermediación de la corredora.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar