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SANCHEZ RAUL HORACIO c/ CONCESIONARIA CHERY PILAR S.A. Y OTRO s/ORDINARIO

El actor promovió demanda por incumplimiento de la obligación de brindar un servicio técnico adecuado sobre una camioneta de su propiedad. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial modificó parcialmente la sentencia y reconoció una menor indemnización por el reintegro del precio del vehículo.

Danos y perjuicios Responsabilidad del proveedor Defensa del consumidor Garantia Servicio tecnico


¿Quién es el actor?

Raúl Horacio Sánchez
- Demandados: Concesionaria Chery Pilar S.A y Chery Socma Argentina S.A

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Incumplimiento en la prestación del servicio técnico sobre una camioneta de propiedad del actor

¿Qué se resolvió?

La Cámara hizo lugar parcialmente a la demanda, condenando a las demandadas a abonar al actor la suma de $134.774 con más intereses. Ordenó la transferencia del vehículo a favor de las demandadas.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- Ambas demandadas son responsables por el incumplimiento en la prestación del servicio técnico requerido por el actor, aplicando la doctrina de la apariencia.
- Existía stock del repuesto necesario para reparar el vehículo, por lo que las demandadas incumplieron su obligación de brindar un servicio técnico adecuado.
- Se redujo el monto del reintegro del precio del vehículo a un 85% de lo originalmente pagado, por el uso y estado general del mismo.
- Se confirmó la indemnización por daño moral, pero se rechazó el reclamo de daño punitivo por no acreditarse conducta dolosa o gravemente negligente.

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