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SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO c/ GALENO ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. s/ORGANISMOS EXTERNOS

La Superintendencia de Riesgos del Trabajo impuso una multa a Galeno Aseguradora de Riesgos del Trabajo por incumplir el deber de otorgar en forma oportuna las prestaciones en especie a favor de un trabajador accidentado. La Cámara Comercial confirma la sanción.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

La Superintendencia de Riesgos del Trabajo impuso una multa de 211 MOPRE a Galeno Aseguradora de Riesgos del Trabajo por incumplir el deber de otorgar oportunamente las prestaciones en especie a un trabajador que había sufrido un accidente laboral. La Cámara Comercial
- Sala C confirmó la resolución recurrida. Consideró que la aseguradora no logró desvirtuar los fundamentos de la sanción, ya que la prestación médica de foniatría fue puesta a disposición del trabajador 35 días después de haber sido indicada por el médico tratante. Señaló que en el marco del sistema de riesgos del trabajo, las ART tienen el deber de brindar la atención necesaria al damnificado de forma oportuna e inmediata, siendo responsables por el incumplimiento de los deberes legales. Destacó que la infracción no puede considerarse formal o menor, ya que se trata de un interés general relevante como la salud del trabajador accidentado. También confirmó el monto de la multa impuesta, entendiendo que se encuentra suficientemente motivada y resulta razonable en función de las circunstancias del caso.

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