ASOCIART S.A. ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO c/ SOFATAP S.R.L. s/ORDINARIO
La aseguradora de riesgos del trabajo reclamó el reintegro de los montos abonados en exceso a la póliza por una condena solidaria. La Cámara modificó la sentencia de primera instancia y determinó que la empleadora debe reintegrar solo el 50% de los montos abonados en exceso por la aseguradora.
¿Quién es el actor?
Asociart SA Aseguradora de Riesgos del Trabajo
¿A quién se demanda?
Sofatap SRL
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reintegro de los montos abonados por Asociart en exceso a la póliza de seguro por una condena solidaria en un accidente laboral.
¿Qué se resolvió?
La Cámara hizo lugar parcialmente al recurso de Sofatap. Determinó que Sofatap debe reintegrar solo el 50% de los montos abonados por Asociart en exceso a la póliza, en base a los términos de la sentencia laboral firme que condenó a ambas solidariamente.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- Lo decidido en el juicio laboral está amparado por la cosa juzgada, por lo que Sofatap no puede desconocer su responsabilidad.
- Sin embargo, dado que la aseguradora debía cubrir los riesgos previstos en el contrato de seguro, debe asumir al menos ese monto.
- El excedente debe distribuirse en partes iguales entre las codemnadas, pues la sentencia laboral no estableció diferencias en su grado de responsabilidad.
- Los intereses deben correr desde que Asociart efectuó cada pago que excedió la cobertura de la póliza.
- Las costas se distribuyen en un 70% a cargo de Sofatap y 30% a cargo de Asociart.
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