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LA HOLANDO SUDAMERICANA COMPAÑIA DE SEGUROS S.A. c/ BLINKI S.A. s/ORDINARIO

La aseguradora de riesgos del trabajo accionó en repetición contra la empleadora por parte de la condena solidaria. La Cámara modificó la sentencia y admitió parcialmente la acción, repartiendo la responsabilidad.

Costas Responsabilidad civil Distribucion de responsabilidad Accion de repeticion Seguro de riesgos del trabajo Condena solidaria


¿Quién es el actor?

La Holando Sudamericana Compañía de Seguros S.A. (ART)

¿A quién se demanda?

Blinki S.A. (empleadora)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Acción de repetición por el 50% de la condena solidaria impuesta en sede laboral

¿Qué se resolvió?

Se admite parcialmente la acción de repetición, correspondiendo a la ART la parte proporcional de la cobertura establecida en el contrato de seguro de riesgos del trabajo, y el saldo restante deberá ser soportado por partes iguales entre ambas.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La ART debía responder en los términos del contrato de seguro, sin que ello implique eximir a la empleadora de su responsabilidad civil concurrente establecida en sede laboral.
- Ante la condena solidaria, corresponde a la ART el reintegro de la parte proporcional que le hubiera correspondido de acuerdo al contrato, y el saldo restante debe distribuirse por partes iguales entre ambas condenadas.
- Las costas se imponen en el orden causado, teniendo en cuenta la regulación legal vigente al momento del hecho que llevó a la condena solidaria.

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