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SPESSOT, EDID AZUCENA c/ NACION SEGUROS S.A. s/ORDINARIO

La actora reclamó el cobro de comisiones por su actuación como productora asesora de seguros. La Cámara confirmó que no tiene derecho a percibir comisiones posteriores a la designación de otro productor por los tomadores de las pólizas.

Libertad contractual Tomador del seguro Comisiones Productor asesor de seguros Polizas de seguro


¿Quién es el actor?

Edid Azucena Spessot

¿A quién se demanda?

Nación Seguros SA

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cobro de comisiones como productora asesora de seguros

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar parcialmente a la demanda. Se confirmó que la actora no tiene derecho a percibir comisiones posteriores a que los tomadores designaran a otros productores para las pólizas.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Cámara señaló que el tomador del seguro puede elegir libremente al productor asesor durante la ejecución del contrato, sin que ello genere derecho a comisiones para el productor anterior. Ello se debe a que el productor asesor debe prestar servicios de asesoramiento a lo largo de la vigencia del contrato, y al ser reemplazado pierde ese derecho. No se acreditó que la modificación del productor fuera producto de maniobras ilegales.

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