ASOCIACION POR LA DEFENSA DE USUARIOS Y CONSUMIDORES c/ HSBC BANK ARGENTINA S.A. s/ORDINARIO
La asociación de consumidores reclamó el cese y restitución de las comisiones cobradas por el banco en operaciones de truncamiento de cheques. La Cámara confirmó la sentencia que rechazó la demanda, al considerar que la comisión está justificada técnica y económicamente.
¿Quién es el actor?
Asociación por la Defensa de Usuarios y Consumidores (ADUC)
¿A quién se demanda?
HSBC Bank Argentina S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cese del cobro de comisiones supuestamente abusivas en operaciones de truncamiento de cheques y restitución de los montos cobrados.
¿Qué se resolvió?
Se rechazó la demanda. El tribunal consideró que la comisión cobra el banco está justificada técnica y económicamente, conforme a las pericias realizadas. Se destacó que el banco cumplió el deber de información a los clientes sobre dicha comisión.
Fundamentos principales:
- La comisión responde a costos reales del banco en la operatoria de truncamiento de cheques, como generación de archivos, compensación electrónica, control de procesamiento, etc.
- A mayor monto de la operación, mayor responsabilidad y riesgo asumido por el banco, lo que justifica una comisión porcentual.
- El banco acreditó haber informado adecuadamente a los clientes sobre la comisión, que es una práctica común en el sistema financiero local e internacional.
- La actora no logró desvirtuar los fundamentos de la sentencia de primera instancia.
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