LA MERIDIONAL COMPAÑIA ARGENTINA DE SEGUROS S.A. Y OTROS c/ EVARIS SA Y OTRO s/ORDINARIO
La actora promovió demanda contra la empresa contratista y subcontratista por daños derivados de un siniestro en una central termoeléctrica. La Cámara revocó la sentencia y absolvió a las demandadas al considerar que la responsabilidad recayó en el dueño de la obra.
- Actores: La Meridional Compañía Argentina de Seguros S.A., Liberty Seguros Argentina S.A., Zurich Argentina Compañía de Seguros S.A., Allianz Argentina Compañía de Seguros S.A., Generali Argentina Compañía de Seguros S.A. y Generación Independencia S.A.
- Demandados: Evaris S.A. y Seibo Ingeniería S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reclamación de indemnización por daños derivados de un siniestro ocurrido en una central termoeléctrica.
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó la sentencia de primera instancia y absolvió a las demandadas. Consideró que la responsabilidad recayó en Generación Independencia S.A., el dueño de la obra, por no haber proporcionado información sobre interferencias existentes y no haber autorizado los cateos necesarios.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- El proyecto elaborado por Seibo Ingeniería S.A. contenía una zona indefinida (en "hold") por falta de información de Generación Independencia S.A. sobre posibles interferencias, y luego ésta no solicitó a Seibo la definición de esa parte.
- Generación Independencia S.A. tuvo conocimiento temprano de la posibilidad de interferencias, pero no autorizó a Evaris S.A. a realizar los cateos necesarios.
- Las decisiones técnicas de detalle sobre la obra, incluyendo la zanja donde se enterraron los cables, fueron tomadas por los ingenieros de Generación Independencia S.A. sin autorizar los cateos.
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