INTERMUNDO SECURITY S.A. c/ CONSORCIO DE PROPIETARIOS AVENIDA RIVADAVIA 2970 s/ORDINARIO
La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial modificó parcialmente la sentencia de primera instancia y ordenó una nueva liquidación de los intereses reclamados.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- El actor, Intermundo Security S.A., demandó al Consorcio de Propietarios Avenida Rivadavia 2970 por el cobro de facturas impagas por servicios de seguridad.
- La juez de primera instancia hizo lugar a la demanda y ordenó una liquidación de intereses, estableciendo que éstos debían calcularse a partir de los 5 días de la fecha de emisión de cada factura.
- La Cámara modificó parcialmente la sentencia, determinando que los intereses se devengarán a partir de los 10 días de la fecha en que la demandada tomó conocimiento de cada factura, a la tasa activa del Banco Nación. Exceptuó del cómputo de intereses a ciertas facturas por aplicación del art. 899 inc. b) CCyCN.
- La Cámara también modificó la distribución de costas, imponiéndolas a la demandada en primera instancia, salvo las relativas a la pericia contable que fueron impuestas a la actora. Las costas de alzada se impusieron por su orden.
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