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BEZINA, MARIA VICTORIA c/ CENCOSUD S.A. s/ORDINARIO

La actora promovió demanda por hurto de bienes de su vehículo mientras estaba estacionado en el supermercado de la demandada. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial revocó la sentencia y condenó a la demandada a pagar una indemnización por los bienes sustraídos.

Dano moral Dano emergente Deber de seguridad Dano punitivo Responsabilidad del proveedor Vehiculo Robo Hurto Estacionamiento

Cobro de indemnización por hurto de bienes de su vehículo mientras estaba estacionado en el supermercado de la demandada.

¿Qué se resolvió?

La Cámara revocó la sentencia de primera instancia y condenó a la demandada a pagar $4.600 por los bienes sustraídos del vehículo de la actora, con más intereses. Rechazó el reclamo por daño moral y daño punitivo. Impuso las costas a la demandada. Fundamentos principales:
- La Cámara consideró acreditada la ocurrencia del hurto de bienes de la actora mientras su vehículo estaba estacionado en el supermercado de la demandada, con base en la prueba documental, testimonial y las presunciones derivadas de la falta de colaboración procesal de la demandada.
- Determinó que la demandada tenía un deber de seguridad y custodia sobre los vehículos estacionados en su playa, conforme la normativa sobre depósito necesario.
- Fijó el monto de la indemnización por daño emergente en $4.600, rechazando los rubros de daño moral y daño punitivo por falta de acreditación.
- Impuso las costas a la demandada por haber resultado sustancialmente vencida.

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