FERNANDEZ, JUAN BAUTISTA Y OTROS c/ ESCUDO SEGUROS S.A. s/ORDINARIO
Los herederos de la asegurada promovieron demanda contra la compañía de seguros por cobro de póliza. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial confirmó la sentencia que había acogido la excepción de prescripción opuesta por la aseguradora.
- Actores: Juan Bautista Fernández, María Belén Fernández Anguisola y María Soledad Anguisola (herederos)
¿A quién se demanda?
Escudo Seguros S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cobro de póliza de seguro automotor por robo del vehículo
¿Qué se resolvió?
Se confirma la sentencia que acogió la excepción de prescripción opuesta por la aseguradora
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La Ley de Seguros (art. 58) establece un plazo de prescripción anual para las acciones fundadas en el contrato de seguro, el cual debe prevalecer sobre el plazo general del Código Civil y Comercial.
- La reforma a la Ley de Defensa del Consumidor introdujo por la Ley 26.994 no modificó este criterio, ya que el nuevo art. 50 sólo refiere a las sanciones administrativas.
- No corresponde aplicar el plazo más extenso de 5 años del Código Civil y Comercial, dado que la Ley de Seguros, como ley especial, prevalece sobre la ley general.
- La acción se encontraba prescripta al momento de interponerse la demanda, al haber transcurrido más de 1 año desde la denuncia del siniestro.
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