ZUPANOVICH, MARIA BELEN c/ COCA COLA FEMSA DE BUENOS AIRES S.A. Y OTRO s/ORDINARIO
La actora promovió demanda por daños derivados de la adquisición de una gaseosa con un elemento extraño en su interior. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial modificó la sentencia de primera instancia y elevó el monto de la multa por daño punitivo.
Devolución del precio de la botella de gaseosa más indemnización por daños (daño material, daño moral y daño punitivo)
¿Qué se resolvió?
- Se confirmó la condena a Coca Cola a reintegrar el precio sugerido de la gaseosa.
- Se elevó el monto de la multa por daño punitivo a $800.000.
- Se desestimaron los restantes agravios de las partes.
Fundamentos principales:
- La accionante demostró indicios de haber adquirido la botella defectuosa, correspondiendo a Coca Cola acreditar lo contrario, en aplicación de la carga dinámica de la prueba.
- La conducta de Coca Cola evidenció negligencia grave al no garantizar la seguridad e inocuidad del producto, configurando un supuesto de procedencia del daño punitivo.
- Para la determinación del monto de la multa civil, se ponderó la gravedad de la conducta, el grado de indiferencia hacia los derechos del consumidor y la finalidad sancionatoria y disuasiva.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: