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MONZON, PAMELA ABIGAIL c/ TRAVEL ROCK SA Y OTROS s/ORDINARIO

La actora promovió demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente durante un viaje de egresados. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial modificó la sentencia de primera instancia y aumentó los montos indemnizatorios por daño físico y daño moral.

Responsabilidad objetiva Dano moral Tasa de interes Dano fisico Deber de seguridad Contrato de turismo

Daños y perjuicios por accidente en excursión de trineo durante viaje de egresados

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia de primera instancia, elevando la indemnización por daño físico a $2.000.000 y por daño moral a $800.000. Confirmó la responsabilidad objetiva de los demandados y la aplicación de la tasa activa de interés.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- El contrato de turismo estudiantil está regulado por la Ley 25.599 y la Ley 26.208, que imponen a los prestadores un deber de seguridad.
- Correspondía a los demandados probar que adoptaron las medidas de seguridad adecuadas, lo que no lograron acreditar.
- No se probó culpa de la víctima.
- El daño moral surge evidente de las circunstancias del caso, aplicándose criterios más flexibles en materia de consumo.
- Corresponde aplicar la tasa activa de interés.

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