ACYMA ASOCIACION CIVIL c/ LA CARDEUSE S.A. s/SUMARISIMO
La asociación civil ACYMA promovió una acción colectiva por incumplimientos de la empresa La Cardeuse S.A. en materia de derechos de los consumidores. La Cámara Commercial modificó parcialmente la sentencia de primera instancia y condenó a la empresa al pago de una multa civil por daño punitivo.
¿Quién es el actor?
ACYMA Asociación Civil
¿A quién se demanda?
La Cardeuse S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Incumplimientos de La Cardeuse en materia de información al consumidor en su página web y venta telefónica, violando los arts. 8, 10 y 34 de la Ley de Defensa del Consumidor.
¿Qué se resolvió?
Se hace lugar parcialmente a la demanda. Se ordena a La Cardeuse readecuar la información brindada en su página web y venta telefónica conforme a la normativa. Se impone a la empresa el pago de una multa civil por daño punitivo de $5.000.000.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- El tribunal analizó el cumplimiento de los requisitos de la acción colectiva conforme la doctrina "Halabi" de la CSJN, considerando que existe una causa fáctica común y que el ejercicio individual no está plenamente justificado.
- Respecto al daño punitivo, se consideró que la conducta de La Cardeuse evidenció un desprecio grave por los derechos de los consumidores, constituyendo una práctica abusiva que debe ser sancionada de modo ejemplar, con fines preventivos y disuasorios.
- La multa se fijó en $5.000.000 teniendo en cuenta los límites del art. 47 LDC vigente al momento de los hechos.
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