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BELGRANO DAY SCHOOL S.A. c/ MALLO, MARTIN Y OTRO s/ORDINARIO

La institución educativa Belgrano Day School S.A. promovió demanda por cobro de servicios educativos prestados. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial modificó parcialmente la sentencia de primera instancia, confirmando la condena a los codemandados al pago de las facturas reclamadas, pero modificando el cálculo de los intereses.

Intereses moratorios Reconocimiento de deuda Apercibimiento Cobro Servicios educativos


¿Quién es el actor?

Belgrano Day School S.A.
- Demandados: Martín Mallo y Martha Delicia Díaz

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cobro de servicios educativos prestados

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que admitió la demanda y condenó a los codemandados al pago de las facturas reclamadas. Sin embargo, modificó el cálculo de los intereses moratorios. Fundamentos principales:
- Se tuvo por acreditado que los codemandados firmaron la solicitud de ingreso y un reconocimiento de deuda a favor de la institución educativa.
- Al no comparecer a la audiencia de formación de cuerpo de escritura, se hizo efectivo el apercibimiento previsto en el Código Procesal, teniéndose por reconocidas las firmas.
- Corresponde aplicar los intereses moratorios a la tasa pactada en el contrato entre las partes, sin incrementarla en una vez y media.
- No se acogieron los agravios de los codemandados relativos a la exención de responsabilidad por pago, compensación o falta de notificación.

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