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MELIMP S.R.L. c/ CONSORCIO DE PROPIETARIOS OLLEROS 2336/44 s/ORDINARIO

La empresa Melimp S.R.L. reclamó indemnización por rescisión intempestiva de contrato de limpieza integral con el Consorcio de Propietarios Olleros 2336/44. La Cámara elevó el plazo de preaviso indemnizado de 1 a 2 meses ante la larga duración del vínculo contractual.

Indemnizacion Relacion de consumo Rescision contractual Contrato de servicios Preaviso Contrato de suministro


¿Quién es el actor?

Melimp S.R.L.

¿A quién se demanda?

Consorcio de Propietarios Olleros 2336/44

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Indemnización por rescisión intempestiva de contrato de limpieza integral

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia de primera instancia y elevó el plazo de preaviso indemnizado de 1 a 2 meses, considerando la larga duración de 4 años del vínculo contractual entre las partes.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- El contrato entre las partes debe encuadrarse como una relación de consumo, por tratarse de una proveedora (Melimp) y un consumidor (Consorcio) conforme a la Ley de Defensa del Consumidor.
- Más allá de la calificación formal del contrato, lo relevante son las circunstancias del caso, en particular la larga duración del vínculo de 4 años, que amerita una solución distinta a la propuesta en primera instancia.
- El plazo de 1 mes de preaviso concedido en primera instancia es exiguo frente a la sorpresiva conducta rescisoria del Consorcio, por lo que corresponde elevar el plazo indemnizado a 2 meses.
- La indemnización se calculará sobre las utilidades netas de la actora, no sobre la facturación bruta.

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