MELIMP S.R.L. c/ CONSORCIO DE PROPIETARIOS OLLEROS 2336/44 s/ORDINARIO
La empresa Melimp S.R.L. reclamó indemnización por rescisión intempestiva de contrato de limpieza integral con el Consorcio de Propietarios Olleros 2336/44. La Cámara elevó el plazo de preaviso indemnizado de 1 a 2 meses ante la larga duración del vínculo contractual.
¿Quién es el actor?
Melimp S.R.L.
¿A quién se demanda?
Consorcio de Propietarios Olleros 2336/44
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Indemnización por rescisión intempestiva de contrato de limpieza integral
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia de primera instancia y elevó el plazo de preaviso indemnizado de 1 a 2 meses, considerando la larga duración de 4 años del vínculo contractual entre las partes.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- El contrato entre las partes debe encuadrarse como una relación de consumo, por tratarse de una proveedora (Melimp) y un consumidor (Consorcio) conforme a la Ley de Defensa del Consumidor.
- Más allá de la calificación formal del contrato, lo relevante son las circunstancias del caso, en particular la larga duración del vínculo de 4 años, que amerita una solución distinta a la propuesta en primera instancia.
- El plazo de 1 mes de preaviso concedido en primera instancia es exiguo frente a la sorpresiva conducta rescisoria del Consorcio, por lo que corresponde elevar el plazo indemnizado a 2 meses.
- La indemnización se calculará sobre las utilidades netas de la actora, no sobre la facturación bruta.
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