CORTIGIANI, LUCIANO c/ BANCO PATAGONIA S.A. Y OTRO s/ORDINARIO
El actor promovió demanda por daños y perjuicios derivados de una falsa denuncia de extravío de su tarjeta de crédito. La Cámara Comercial confirmó la sentencia que condenó solidariamente al Banco y a la administradora del sistema de tarjetas a resarcir los daños patrimoniales, morales y punitivos.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- El actor Luciano Cortigiani demandó al Banco Patagonia SA y a Prisma Medios de Pago SA por daños y perjuicios derivados de una falsa denuncia de extravío de su tarjeta de crédito.
- Se probó que la tarjeta fue recibida por un tercero y se efectuaron consumos que el actor desconoció. Luego de reclamos infructuosos, el actor inició la demanda.
- El juez de primera instancia hizo lugar a la demanda, condenando a las accionadas a resarcir los daños patrimoniales, morales y punitivos.
- La Cámara Comercial confirmó la sentencia, considerando que tanto el Banco como Prisma, como administradora del sistema de tarjetas, tenían responsabilidad solidaria por los daños sufridos por el usuario. Se destacó el deber de actuación diligente propio de la actividad profesional de Prisma.
- Sobre el daño moral, la Cámara redujo parcialmente el monto. Respecto del daño punitivo, lo confirmó en atención a la conducta desaprensiva de Prisma.
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