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SERVICIO Y ABASTO TECNOLOGICO SRL c/ ARZOBISPADO DE SAN ISIDRO s/ORDINARIO

Locación de fotocopiadoras: Cámara confirma que el Arzobispado no incurrió en una ruptura intempestiva al resolver el contrato por incumplimiento del servicio técnico.

Locacion Incumplimiento Resolucion de contrato Preaviso Fotocopiadoras


¿Quién es el actor?

Servicio y Abasto Tecnológico SRL (SAT)

¿A quién se demanda?

Arzobispado de San Isidro

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cobro de indemnización por rescisión ilegítima de contrato de locación de fotocopiadoras

¿Qué se resolvió?

Se rechaza el recurso de apelación de SAT y se confirma la sentencia de primera instancia que había rechazado la demanda. Fundamentos principales:
- Se acreditó el incumplimiento reiterado de SAT de la obligación de reparar las fotocopiadoras en 48 horas, conforme la cláusula del contrato.
- El Arzobispado no estaba obligado a otorgar un preaviso de 60 días para resolver el contrato por incumplimiento, ya que esa cláusula se refería solo a la no renovación automática.
- Aun cuando no hubo un requerimiento resolutorio previo, la conducta posterior de SAT evidencia que no habría reparado la fotocopiadora si se la hubiera intimado.
- SAT no acreditó la existencia de daños derivados de la resolución del contrato.

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