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HONCZAR, SANDRA ELIZABETH c/ STRIANESE MOTORS S.A. Y OTRO s/ORDINARIO

La actora promovió demanda por incumplimiento de contrato de compraventa automotor. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial modificó la sentencia de primera instancia y condenó a la concesionaria a devolver la seña abonada y pagar una indemnización por daño moral.

Dano moral Incumplimiento contractual Responsabilidad del proveedor Sena Compraventa automotor

¿Qué se resolvió en el fallo?

La actora demandó a la concesionaria Strianese Motors SA y a Volkswagen Argentina SA por el incumplimiento de un contrato de compraventa de un vehículo 0 km. marca Volkswagen modelo Amarok. Alegó que luego de haber pagado una seña de $10.000, la concesionaria resolvió unilateralmente dar marcha atrás con la operación por un supuesto incremento en los precios. La Cámara revocó parcialmente la sentencia de primera instancia que había rechazado la demanda. Concluyó que hubo incumplimiento contractual por parte de la concesionaria al modificar unilateralmente las condiciones pactadas, lo que frustró la adquisición del vehículo por parte de la actora. Por ello, condenó a Strianese Motors SA a devolver los $10.000 abonados en concepto de seña más intereses y a pagar una indemnización por daño moral de $50.000 también con intereses. Desestimó los restantes rubros indemnizatorios reclamados y la responsabilidad de Volkswagen.

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