ACOSTA JUAN CARLOS Y OTROS c/ TELEFONICA DE ARGENTINA SA Y OTRO s/PROGRAMAS DE PROPIEDAD PARTICIPADA
Los actores promovieron demanda por falta de pago de bonos de participación en las utilidades de la empresa Telefónica de Argentina. La Cámara confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia y condenó a la empresa y al Estado Nacional al pago de los montos adeudados, con intereses.
Pago de bonos de participación en las utilidades no abonados por Telefónica
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia, condenando a Telefónica y al Estado Nacional al pago de los montos adeudados a los actores por los últimos 5 años anteriores a la demanda, con intereses. Rechazó la demanda respecto de otros co-actores (Acosta, Soria y Ruiz Díaz) que habían firmado acuerdos de retiro voluntario.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara aplicó el plazo de prescripción de 5 años del art. 4027 inc. 3 del CC, por tratarse de obligaciones periódicas. Confirmó la inconstitucionalidad del Dec. 395/92 que había privado a los trabajadores del derecho a las ganancias participadas. Estableció que la indemnización debe calcularse sobre el 2% de las utilidades brutas de Telefónica.
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