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A. A. , H. R. c/ ESTADO NAC MINIST DE JUST SEG Y DD HH POLICIA FEDERAL s/ACCIDENTE EN EL AMBITO MILITAR Y FZAS DE SEG

El actor promovió demanda por lesiones sufridas en un accidente ocurrido mientras cumplía funciones policiales. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal modificó la sentencia de primera instancia y confirmó la procedencia de la indemnización por incapacidad sobreviniente y daño moral.

Incapacidad sobreviniente Dano moral Intereses Responsabilidad estatal Accidente de servicio

Cobro de $ 239.600 por daño emergente, incapacidad sobreviniente, tratamiento psicológico y daño moral.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la procedencia de la indemnización, pero modificó los montos otorgados en primera instancia por incapacidad sobreviniente ($ 120.000) y daño moral ($ 20.000).

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La lesión sufrida por caída accidental no se encuadra en la doctrina de la Corte Suprema sobre actos bélicos o enfrentamientos armados de las fuerzas de seguridad, por lo que cabe la aplicación del derecho común.
- Respecto a la incapacidad sobreviniente, se debe atender a las condiciones personales y profesionales de la víctima, y no realizar cálculos actuariales de forma estricta.
- En cuanto al daño moral, existe un agravio espiritual claro por la afectación a la cotidianeidad y desenvolvimiento del actor.
- Los intereses deben correr desde la fecha del accidente (14/01/2003), salvo para el tratamiento psicológico que será desde la sentencia definitiva.

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