FONTANA DIEGO c/ EDESUR SA s/DAÑOS Y PERJUICIOS
El actor promovió demanda por daños y perjuicios derivados de la muerte de su madre por electrocución. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial modificó la sentencia y condenó a la empresa distribuidora de energía eléctrica EDESUR S.A. a pagar parcialmente los daños.
¿Quién es el actor?
Diego Fontana
¿A quién se demanda?
EDESUR S.A. y Generali Compañía de Seguros S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reclamo de indemnización por daños y perjuicios por la muerte de la madre del actor debido a una electrocución.
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó parcialmente la sentencia de primera instancia que había rechazado la demanda. Determinó que si bien la víctima tuvo culpa en los hechos, EDESUR también incurrió en omisiones al no detectar las irregularidades manifiestas en la instalación eléctrica del domicilio, por lo que condenó a la empresa distribuidora a pagar el 50% de los daños. Fijó un monto total de $137.500, del cual correspondería a EDESUR abonar $68.750.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La precariedad y la irregularidad de las instalaciones domiciliares y la imprevisión de la víctima están demostradas, pero EDESUR también incurrió en omisiones al no detectar las irregularidades manifiestas en la instalación eléctrica del domicilio, por lo que existe corresponsabilidad.
- La empresa distribuidora tenía la obligación de instruir a su personal sobre la responsabilidad de informar anormalidades en las instalaciones, y debió haber controlado la instalación y elementos de seguridad antes de la habilitación del servicio.
- La electricidad se considera una cosa riesgosa, por lo que la empresa debe extremar las precauciones para que el servicio se preste en condiciones de seguridad.
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