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ZACCONE LUIS ALBERTO Y OTROS c/ TELEFONICA DE ARGENTINA SA Y OTRO s/PROGRAMAS DE PROPIEDAD PARTICIPADA

La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal revocó parcialmente la sentencia de primera instancia y condenó a Telefónica Argentina S.A. y al Estado Nacional a abonar a los trabajadores despedidos montos por bonos de participación en las ganancias que omitieron pagar.

Prescripcion Programa de propiedad participada Bonos de participacion en ganancias Privatizacion Telefonica de argentina

Pago de bonos de participación en las ganancias previstos en el art. 29 de la Ley 23.696

¿Qué se resolvió?

La Cámara hizo lugar parcialmente a la demanda, condenando a Telefónica a pagar los bonos de participación de los últimos 5 años anteriores a la demanda, con intereses. Rechazó la acción contra el Estado Nacional por prescripción.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Cámara consideró que el plazo de prescripción para el reclamo de los bonos es de 5 años (art. 4027 inc. 3 Código Civil), por tratarse de obligaciones periódicas. Aplicó la doctrina de la CSJN en "Gentini" sobre la inconstitucionalidad del Decreto 395/92 que eximía a las licenciatarias de emitir los bonos.

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