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CONDERCO SA c/ HOSPITAL DE CLINICAS JOSE DE SAN MARTIN Y OTRO s/COBRO DE SUMAS DE DINERO

Empresa reclamó cobro de facturas por medicamentos suministrados a hospital público. La Cámara modificó la sentencia para aclarar el cálculo de los intereses sobre la deuda consolidada.

Cobro de sumas de dinero Regulacion de honorarios Deuda consolidada Intereses judiciales


¿Quién es el actor?

Conderco S.A.

¿A quién se demanda?

Universidad de Buenos Aires (UBA)
- Hospital de Clínicas José de San Martín

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cobro de sumas de dinero por provisión de medicamentos al hospital

¿Qué se resolvió?

El juez de primera instancia hizo lugar a la demanda y condenó a la UBA al pago. La UBA apeló.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La deuda reclamada se encuentra consolidada bajo las leyes 23.982, 25.344 y 25.725.
- Los intereses judiciales deben calcularse desde la mora hasta la fecha de corte conforme al régimen de consolidación, aplicándose luego únicamente la tasa del bono.
- Se aclara el fallo de primera instancia en ese sentido.
- Se confirman los honorarios regulados.

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