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ZAMFINI ANTONIO RAUL Y OTROS c/ TELEFONICA DE ARGENTINA SA Y OTRO s/PROGRAMAS DE PROPIEDAD PARTICIPADA

Los trabajadores demandaron a la empresa telefónica por la falta de entrega de bonos de participación en las ganancias. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal modificó parcialmente la sentencia y condenó a la empresa y al Estado Nacional a pagar los montos adeudados.

Prescripcion Responsabilidad de la concesionaria Programa de propiedad participada Bonos de participacion en ganancias Responsabilidad estatal


- Actores: Trabajadores de la empresa telefónica demandada
- Demandados: Telefónica de Argentina S.A. y Estado Nacional

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamaron el pago de bonos de participación en las ganancias previstos por la Ley 23.696

¿Qué se resolvió?

Se modificó la sentencia, revocando la prescripción respecto del Estado Nacional y condenando a la empresa telefónica y al Estado a pagar los montos adeudados por los bonos, con intereses.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- Se aplicó el plazo de prescripción de 5 años (art. 4027 inc. 3 CC) y no el de 10 años, de acuerdo al criterio de la CSJN en "Domínguez".
- La responsabilidad del Estado Nacional es por la frustración del derecho de los trabajadores por el dictado del decreto inconstitucional 395/92.
- La responsabilidad de la empresa telefónica deriva directamente de la Ley 23.696.
- Se excluyó de la condena a 4 trabajadores que no acreditaron haber integrado el PPP de la demandada.

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