BIANCHINI JUAN CARLOS c/ ESTADO NACIONAL MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION Y OTRO s/PROGRAMAS DE PROPIEDAD PARTICIPADA
La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal modificó parcialmente la sentencia de primera instancia y limitó la procedencia del reclamo por bonos de participación a los cinco años anteriores a la demanda.
Daños y perjuicios por falta de entrega de bonos de participación en las ganancias previstos en la Ley 23.696, y por la inconstitucionalidad del Decreto 395/1992.
¿Qué se resolvió?
- Se rechazó la excepción de prescripción opuesta por Telefónica, pero se limitó el reclamo a los 5 años anteriores a la demanda.
- Se admitió la excepción de prescripción opuesta por el Estado Nacional.
- Se condenó a Telefónica a pagar la liquidación de los bonos de los 5 años previos a la demanda, según las pautas establecidas en el precedente "Zollo".
- Las costas se impusieron en el orden causado.
Fundamentos principales:
- La Cámara había resuelto en casos similares que correspondía acoger la excepción de prescripción opuesta por las empresas telefónicas, modificando así el criterio del juez de primera instancia.
- Conforme la jurisprudencia de la Corte Suprema en el caso "Domínguez", corresponde hacer lugar parcialmente al reclamo, limitándolo a los 5 años anteriores a la demanda.
- Al no haber apelado el actor la admisión de la prescripción respecto del Estado Nacional, esa decisión no puede ser modificada.
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