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LACTEOS VIDAL SA c/ VIDALAC SA s/CESE DE OPOSICION AL REGISTRO DE MARCA

Empresa láctea demanda a su competidora por oposición al registro de marca similar, la Cámara confirma que los signos son distinguibles y procede la marca solicitada.

Actos propios Marca Registro de marca Oposicion de marca Confusion de marcas Practicas comerciales


¿Quién es el actor?

Lácteos Vidal SA

¿A quién se demanda?

Vidalac SA

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cese de oposición al registro de la marca "VIDAL LACTEOS"

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda y declaró infundada la oposición de Vidalac SA. La Cámara consideró que los signos "VIDAL LACTEOS" y "LACTOVIDA-VIDALAC" son distinguibles gráfica, fonética e ideológicamente, por lo que su registro no generaría confusión en el público consumidor ni afectaría las prácticas comerciales. Además, rechazó el argumento de los actos propios invocado por Vidalac, sosteniendo que la conducta previa de las partes no legitima la concurrencia de marcas confundibles.

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