POLORENA ANDRES ROBERTO Y OTROS c/ ESTADO NACIONAL MINISTERIO DE ECONOMIA OBRAS Y SERV PUB Y OTROS s/PROCESO DE CONOCIMIENTO
Los actores promovieron demanda por indemnización derivada de la irregular instrumentación de la recompra de acciones del Programa de Propiedad Participada. La Cámara Civil y Comercial Federal revocó la sentencia de primera instancia que había rechazado la acción por prescripción y admitió la demanda.
- Actores: Andrés Roberto Polorena y otros
- Demandados: Sindicación de Acciones Clase "C" de Telecom Argentina Stet France Telecom S.A., Estado Nacional, Banco de la Ciudad de Buenos Aires
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Indemnización por la irregular instrumentación de la recompra de las acciones y la indeterminación del plazo para el pago del saldo impago del precio de venta con intereses
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó la sentencia de primera instancia que había rechazado la acción por prescripción, y admitió la demanda contra el Comité Ejecutivo del PPP de Telecom Argentina. Desestimó la demanda contra el Banco Ciudad de Buenos Aires y el Estado Nacional.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- El reclamo de los actores tiene sustento en las disposiciones de la Ley 23.696 y decretos, por lo que corresponde aplicar el plazo de prescripción decenal del art. 4023 del Código Civil, no el bienal decidido en primera instancia.
- Las operaciones de recompra de las acciones fueron arbitrarias e ilegítimas, por lo que los trabajadores tienen derecho a una indemnización por el perjuicio sufrido.
- La indemnización debe calcularse tomando el número de acciones que cada actor estaba en condiciones de revender, su valor estimado al momento de la reventa, con más intereses.
- No corresponde indemnizar por los dividendos, pero sí por la conformación del "condominio indiviso" del Fondo de Garantía y Recompra.
- El Comité Ejecutivo del PPP de Telecom es el legitimado pasivo, no así el Banco Ciudad y el Estado Nacional.
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