LICERA MARIA CRISTINA c/ ESTADO NACIONAL MINISTERIO DE ECONOMIA Y OTRO s/PROGRAMAS DE PROPIEDAD PARTICIPADA
La actora reclama indemnización por incumplimiento en la emisión y pago de bonos de participación en las ganancias. La Cámara revoca parcialmente la sentencia de primera instancia y admite la demanda para los períodos no prescriptos.
- Actora: María Cristina Licera
- Demandados: Telefónica de Argentina S.A. y Estado Nacional
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Daños y perjuicios por incumplimiento en la emisión y pago de bonos de participación en las ganancias
¿Qué se resolvió?
La Cámara revoca parcialmente la sentencia de primera instancia y admite la demanda para los períodos no prescriptos (2006 a 2002), rechazándola para los períodos anteriores al 2002.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Quedó demostrado que María Cristina Licera fue empleada de la Empresa Nacional de Telecomunicaciones ("ENTEL") y que, después del proceso privatizador, fue transferida a Telefónica (ver pericial contable de fs. 179/183, en especial, fs. 179vta./180 y 183). Al momento de la presentación del informe contable -24/6/10, fs. 183-, se encontraba en actividad (ver fs. 183 cit.). Corolario de ello es que la demanda de daños y perjuicios debe ser admitida condenando a ambas demandadas sólo por aquellos períodos no prescriptos, en la medida en que la relación laboral se haya mantenido vigente y hubieren existido utilidades".
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