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CAÑETE MARIA ANGELICA Y OTROS c/ TELEFONICA DE ARGENTINA SA Y OTRO s/PROCESO DE CONOCIMIENTO

Los dependientes de Telefónica de Argentina S.A. reclaman por la falta de entrega de bonos de participación en las ganancias. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal modifica la sentencia de primera instancia y condena a Telefónica y al Estado Nacional a abonar las sumas adeudadas.

Prescripcion Inconstitucionalidad Responsabilidad del estado Bonos de participacion en ganancias Desvinculacion laboral Telefonica


- Actores: María Angélica CAÑETE, Ángel Ernesto MIETTA, Susana Raquel MIETTA, Carlos Alberto FAURE, Jorge Omar DEAGOSTINO, María del Carmen NACCARATO, Ana María MIGLIARICIO, Oscar Agustín VÁZQUEZ, Héctor Norberto CONDE y otros

¿A quién se demanda?

Telefónica de Argentina S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamo por la falta de entrega de bonos de participación en las ganancias

¿Qué se resolvió?

Se hace lugar parcialmente a la demanda. Se establece que el plazo de prescripción es de 5 años, por lo que se condenó a Telefónica y al Estado Nacional a pagar las sumas adeudadas por los 5 años anteriores a la promoción de la demanda. Se confirmó el rechazo de la acción del Sr. Julio César OLA.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Corte Suprema declaró inconstitucional el Decreto 395/92 que eximía a las empresas privatizadas de emitir los bonos de participación en las ganancias. Por lo tanto, Telefónica y el Estado Nacional deben responder por la omisión de su entrega. Se aplicó el plazo de prescripción quinquenal previsto en el art. 4027 inc. 3 del Código Civil, al tratarse de créditos que se devengan periódicamente.

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