DE LEON ALBERTO OSCAR Y OTROS c/ MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION s/PROGRAMAS DE PROPIEDAD PARTICIPADA
Trabajadores reclamaron condena al Estado por derechos accionarios del Programa de Propiedad Participada de EDESUR S.A., pero la Cámara confirmó el rechazo por estar prescripta la acción.
Que se los condene a pagar los derechos accionarios correspondientes al Programa de Propiedad Participada (PPP) de EDESUR S.A.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó el rechazo de la demanda por estar prescripta la acción, ya que el plazo decenal se computó desde la desvinculación laboral de los trabajadores entre 1992 y 1994.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara consideró que el plazo decenal de prescripción corría desde la transformación de SEGBA en las sociedades Edenor y Edesur en 1992, independientemente de la fecha de desvinculación de cada trabajador. También rechazó considerar los reclamos administrativos presentados por los actores en 2001-2002, por no referirse a los trabajadores de esta causa.
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