DUETO SA c/ TELEFONICA DE ARGENTINA SA s/CESE DE USO DE MARCAS. DAÑOS Y PERJUICIOS
La empresa Dueto S.A. promovió demanda contra Telefónica de Argentina S.A. por el cese del uso de la marca DUO y daños y perjuicios. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal confirmó el rechazo de la demanda al considerar que se aplicaba el principio de especialidad de marcas.
¿Quién es el actor?
Dueto S.A.
¿A quién se demanda?
Telefónica de Argentina S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cese del uso de la marca "DUO" y resarcimiento de daños y perjuicios.
¿Qué se resolvió?
Se rechazó la demanda.
Fundamentos principales:
- El principio de especialidad rige en materia de marcas, por lo que el ius prohibendi sólo puede ejercerse para proteger los bienes y servicios comprendidos en la clase registrada.
- Las clases del nomenclador involucradas son diferentes (Dueto registró "DUO" en clases 9 y 35, mientras Telefónica lo hizo en clase 38) y los productos y servicios no se superponen, por lo que no cabe excepcionar la aplicación del principio de especialidad.
- No se acreditó que la marca "DUO" de Dueto tenga un grado de difusión que permita calificarla como "marca notoria", lo que tampoco justificaría excepcionar el principio de especialidad.
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