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RAGHSA SA c/ FIGUEROA ALCORTA MARIO RAMON s/CESE DE OPOSICION AL REGISTRO DE MARCA

La empresa inmobiliaria RAGHSA S.A. promovió demanda para que se declare infundada la oposición de Mario Ramón Figueroa Alcorta al registro de la marca LE PARC FIGUEROA ALCORTA. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal confirmó la sentencia que hizo lugar a la demanda.

Marcas Confusion Distintividad Oposicion al registro Emprendimientos inmobiliarios


¿Quién es el actor?

RAGHSA S.A.

¿A quién se demanda?

Mario Ramón Figueroa Alcorta

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Declarar infundada la oposición de Figueroa Alcorta al registro de la marca "LE PARC FIGUEROA ALCORTA" por RAGHSA S.A.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia que hizo lugar a la demanda de RAGHSA S.A. Los principales fundamentos de la decisión fueron:
- Las marcas opuestas de Figueroa Alcorta ("FIGUEROA ALCORTA" y "GLORIA FIGUEROA ALCORTA") se diferencian en los planos visual, auditivo e ideológico del signo solicitado por RAGHSA ("LE PARC FIGUEROA ALCORTA").
- El elemento distintivo de la marca de RAGHSA es el término "LE PARC", que hace referencia a los emprendimientos inmobiliarios de esa empresa.
- No se advierte que RAGHSA pretenda aprovecharse del prestigio ajeno de las marcas de Figueroa Alcorta.

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