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ANTOGNOZZI ANA MARIA Y OTROS c/ ESTADO NACIONAL MINISTERIO DE ECONOMIA OBRAS Y SERV PUBLICOS Y OTROS s/PROCESO DE CONOCIMIENTO

Trabajadores del Programa de Propiedad Participada de Telefónica apelan sentencia que rechazó demanda por daños, pero Cámara confirma fallo al considerar que la adhesión al programa fue voluntaria y el precio abonado fue el establecido contractualmente.

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- Actores: Trabajadores ex Telefónica de Argentina S.A.
- Demandados: Estado Nacional-Ministerio de Economía, Banco de la Ciudad de Buenos Aires y Comisión Liquidadora del Programa de Propiedad Participada de Telefónica de Argentina S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamo de resarcimiento de daños y perjuicios por el precio recibido en la venta de acciones del Programa de Propiedad Participada.

¿Qué se resolvió?

La Cámara Civil y Comercial Federal confirmó la sentencia de primera instancia que rechazó la demanda.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La adhesión de los trabajadores al Programa de Propiedad Participada fue voluntaria, con limitaciones a la propiedad propias de la finalidad social del programa.
- Al cesar la relación laboral, la recompra de acciones estaba regulada contractual y reglamentariamente, por lo que no puede reclamarse un reajuste del precio.
- Los procedimientos y el precio pagado fueron los establecidos en el Acuerdo General de Transferencia, el cual no fue impugnado por los actores.
- En cuanto a costas, se revocó la imposición a los actores, distribuyéndolas en el orden causado por la complejidad jurídica del tema.

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