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MAGNOTTA HUGO VICTOR c/ ESTADO NACIONAL EJERCITO ARGENTINO s/ACCIDENTE DE TRABAJO/ENFERM. PROF. ACCION CIVIL

Oficial militar accidentado durante entrenamiento demandó al Estado por daños, pero la Cámara revocó la sentencia y admitió la excepción de prescripción.

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Indemnización por las secuelas de un accidente sufrido en 1993 durante un entrenamiento hípico en el Colegio Militar.

¿Qué se resolvió?

La Cámara revocó la sentencia de primera instancia, admitió la excepción de prescripción opuesta por el Estado y rechazó la demanda.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Cámara consideró que el plazo decenal de prescripción debe contarse desde el 16 de junio de 1995, fecha en que se reconoció administrativamente la incapacidad del 20% del actor, y no desde el agravamiento posterior en 2012. Señaló que la acción quedó expedita desde ese momento, por lo que al momento de la demanda ya había prescripto.

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