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EMAPI SA c/ MEGAFLEX SA s/CESE DE OPOSICION AL REGISTRO DE MARCA

La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal confirmó el rechazo a la solicitud de registro de la marca EMAPI N° 1 en membranas por carecer de capacidad distintiva.

Proteccion al consumidor Registro de marca Capacidad distintiva Frase publicitaria Sanas practicas comerciales


¿Quién es el actor?

EMAPI SA

¿A quién se demanda?

MEGAFLEX SA
- Objeto de la demanda: Cese de oposición al registro de la marca "EMAPI N° 1 en membranas"

¿Qué se resolvió?

Se confirma el rechazo a la solicitud de registro de la marca. Los fundamentos principales son:
- La frase "N° 1 en membranas" carece de originalidad y constituye una frase publicitaria que no puede ser registrada como marca.
- La inclusión de la denominación "N° 1 en membranas" en la marca "EMAPI" puede generar confusión o engaño en el público consumidor sobre la calidad o posición de liderazgo del producto.
- No corresponde registrar frases publicitarias que hagan referencia a la calidad o propiedades del producto, ya que esto impediría su función de identificar y diferenciar el producto en el mercado.

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