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SABEDRA, VIRGILIO RUBEN c/ EDESUR SA s/DAÑOS Y PERJUICIOS

El actor demandó a Edesur S.A. por daños y perjuicios derivados de la interrupción del suministro eléctrico. La Cámara desestimó el recurso por falta de cumplimiento del plazo de caducidad de la instancia de mediación previa.

Danos y perjuicios Caducidad Servicio publico Interrupcion suministro electrico Mediacion prejudicial obligatoria


- Actor: Virgilio Rubén Sabedra
- Demandado: Edesur S.A.
- Objeto de la demanda: Daños y perjuicios por interrupción del suministro eléctrico, y multa a la distribuidora.
- Decisión: Se desestima el recurso de apelación. Fundamentos:
- El art. 51 de la Ley 26.589 establece que la instancia de mediación caduca si no se inicia el proceso judicial dentro del año desde el cierre del acta de mediación.
- En este caso, la mediación se cerró el 27/08/2015, pero la demanda se inició recién el 25/11/2016, es decir, fuera del plazo de caducidad.
- Por lo tanto, corresponde desestimar el recurso de apelación por incumplimiento del plazo de caducidad de la mediación.

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