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R., F. Y OTRO c/ OSDE s/SUMARISIMO DE SALUD

La curatela de una persona con síndrome demencial por Alzheimer logra que se confirme la cobertura integral de la internación en un geriátrico.

Sindrome demencial Ley 24 901 Cobertura de internacion geriatrica Obligacion de la obra social Negativa injustificada


- Actor: Z. H. E., en su condición de curadora de R. F.
- Demandado: OSDE Organización de Servicios Directos Empresarios
- Objeto: Obtener la cobertura total de la internación de R. F. en la residencia geriátrica La Arbolada de Gadavul S.A.
- Decisión: La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal confirmó la sentencia que hizo lugar a la demanda.
- Fundamentos:
- R. F. padece síndrome demencial por enfermedad de Alzheimer en estado avanzado, es totalmente dependiente y requiere atención especializada que la institución geriátrica le brinda.
- La ley 24.901 contempla a los hogares como recurso institucional para brindar cobertura integral que incluye vivienda, alimentación y atención especializada.
- La actitud dilatoria de OSDE en ofrecer una alternativa adecuada a la paciente hace inadmisible su planteo sobre la cobertura a través de prestadores propios.
- Los reintegros ofrecidos por OSDE no tienen origen legal, sino que son un beneficio convencional, sin que se hayan acreditado las consecuencias perjudiciales para otros afiliados.

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