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SWAROVSKI MARIA GRACIELA c/ SWAROVSKI AG s/CESE DE OPOSICION AL REGISTRO DE MARCA

La empresa Swarovski AG se opuso al registro de la marca "María Swarovski" solicitado por la actora. La Cámara confirmó la sentencia que rechazó la demanda por considerar que la marca "Swarovski" es notoria y merece protección, aun tratándose de servicios en clases diferentes.

Marca notoria Principio de especialidad Oposicion de marca Dilucion de marca


- Actor: María Graciela Swarovski, socia mayoritaria de "María Swarovski Desarrollos Inmobiliarios S.R.L."
- Demandado: Swarovski AG
- Objeto: Registro de la marca "María Swarovski" para servicios inmobiliarios
- Decisión: Se rechaza la demanda y se confirma la oposición de Swarovski AG Fundamentos:
- La marca "Swarovski" es notoria por su antigüedad, explotación intensiva, publicidad y alto volumen de ventas, lo que justifica apartarse del principio de especialidad.
- El núcleo "Swarovski" en la marca solicitada "María Swarovski" es idéntico a la marca notoria, lo que genera riesgo de dilución del poder distintivo, aun para servicios diferentes.
- La eventual actitud contradictoria de la demandada no justifica autorizar el registro de marcas semejantes a una notoria.

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