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SAMPIETRO, GRACIELA NOEMI c/ UNION PERSONAL s/SUMARISIMO DE SALUD

La actora reclamó mantener su afiliación a la obra social tras obtener el beneficio jubilatorio. La Cámara confirmó la sentencia que ordenó a la obra social reincorporar a la afiliada.

Obra social Jubilacion Afiliacion Inssjp Plan de salud Ley 23 660


¿Quién es el actor?

Graciela Noemi Sampietro

¿A quién se demanda?

Unión Personal

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Mantener afiliación a obra social después de jubilarse

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia que obligó a la obra social a reincorporar a la afiliada.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La ley 23.660 y su decreto reglamentario otorgan a los jubilados el derecho de permanecer afiliados a la obra social a la que pertenecían antes de jubilarse, sin obligación de pasar al INSSJP.
- La opción por permanecer en la obra social previa a la jubilación es una facultad del afiliado y no implica su traslado forzoso al INSSJP.
- El hecho de que el plan requerido sea "facturable" no impide el mantenimiento de la afiliación, ya que el afiliado debe abonar el costo de ese plan superador.

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