CARDACI MENDEZ ROBERTO ARIEL c/ OBRA SOC DEL PERS DE INDUST QUIMICAS Y PETROQUIMICAS s/COBRO DE HONORARIOS PROFESIONALES
La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal modificó la sentencia de primera instancia y declaró la inconstitucionalidad de la tasa de interés pasiva aplicada, fijando en su lugar la tasa activa del Banco Nación. Además, impuso una multa del 20% a la demandada por su conducta maliciosa en el proceso.
- Actor: Roberto Ariel Cardaci Méndez y Eduardo Miguel García Rajo
- Demandado: Obra Social del Personal de Industrias Químicas y Petroquímicas (OSPIQYP)
- Objeto: Cobro de honorarios profesionales
- Decisión: La Cámara modificó la sentencia de primera instancia, declarando la inconstitucionalidad de la aplicación de la tasa de interés pasiva y fijando en su lugar la tasa activa del Banco Nación. Además, impuso una multa del 20% a la demandada por su conducta maliciosa en el proceso.
La Cámara consideró que la aplicación de la tasa de interés pasiva resulta inconstitucional, ya que genera una "confiscación" en favor de la demandada al abonar tardíamente la deuda con un monto "aguado" y despojado de su valor real. Por ello, aplicó la tasa activa del Banco Nación, la cual es un 34,74% mayor que la actualización del capital.
Asimismo, la Cámara consideró que la conducta de la demandada fue maliciosa, al obstaculizar el curso del proceso, incumplir cargas procesales y no comparecer a audiencias. Por ello, le impuso una multa del 20% sobre el monto que surja de la liquidación.
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