R., G. Y OTRO c/ OSDE s/COBRO DE SUMAS DE DINERO
La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal revocó la sentencia de primera instancia que había ordenado a OSDE a reintegrar los gastos de un tratamiento de fertilización asistida realizado en un centro no habilitado.
Reintegro de gastos de tratamiento de fertilización asistida por ovodonación
- Decisión: La Cámara revocó la sentencia de primera instancia y rechazó la demanda.
Fundamentos principales:
- La ley 26.862 y su decreto reglamentario 956/2013 exigen que los gametos o embriones donados provengan de bancos habilitados y registrados, lo cual no ocurría con el centro donde los actores se atendieron (CEGYAR).
- La imposibilidad de OSDE de otorgar cobertura en un centro no habilitado no puede considerarse arbitraria, pues responde a normas de orden público.
- Las cuestiones sobre técnicas de reproducción asistida deben ser reguladas por el Poder Legislativo, que tiene la competencia para fijar los requisitos y políticas públicas en la materia.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: