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N. O. M. c/ ESTADO NACIONAL s/DAÑOS Y PERJUICIOS

El actor demandó al Estado Nacional por error en el dictamen médico que le negó la pensión por invalidez. La Cámara confirmó el rechazo de la demanda por no probarse el vicio del dictamen.

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Pensión por invalidez que le fue denegada por dictamen de la Comisión Médica que fijó su incapacidad en 25,8%.
- Decisión: La Cámara confirmó el rechazo de la demanda. Consideró que el dictamen del Cuerpo Médico Forense, que fijó la incapacidad del actor en 32,86%, no permite acreditar que el dictamen inicial de la Comisión Médica estaba viciado. El tribunal concluyó que el actor no acreditó tener una incapacidad laboral igual o superior al 66% exigido por la ley para acceder al beneficio de jubilación por invalidez. Fundamentos relevantes:
- La ley 24.241 establece que la determinación de la incapacidad laboral debe ser realizada por una comisión médica, cuyo dictamen debe estar técnicamente fundado.
- El dictamen del Cuerpo Médico Forense, al que el tribunal le atribuyó eficacia probatoria, concluyó que el actor no tiene incapacidad neurológica y que su incapacidad física es del 32,86%, sin alcanzar el umbral del 66% exigido por la ley.
- El tribunal consideró que este dictamen del CMF, que evaluó integralmente la salud del actor, no fue desvirtuado con razones de índole científica.

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