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ANSES c/ PEYROT MIRTA VIVIANA s/REPETICION

La ANSES promovió demanda contra una beneficiaria por repetición de haberes jubilatorios indebidamente percibidos. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal confirmó la sentencia que ordenó a la demandada reintegrar los montos cobrados.

Prescripcion Buena fe Repeticion Haberes jubilatorios Causahabiente previsional


- Actor: Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES)
- Demandado: Mirta Viviana PEYROT
- Objeto: Repetición de haberes jubilatorios indebidamente percibidos por la demandada luego del fallecimiento de su padre y tras haber alcanzado la mayoría de edad.
- Decisión: Se confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la acción de repetición promovida por ANSES, ordenando a la demandada reintegrar la suma de $36.169,19 más intereses. Fundamentos principales:
- El tribunal consideró que no corresponde aplicar la doctrina del caso "Rossello" por cuanto la demandada no pudo desconocer los términos en que se inscribió la pensión por fallecimiento que solicitó, el carácter de causahabiente previsional que inviste y la condición resolutoria de mayoría de edad a la que estaba sujeta la prestación. Por lo tanto, su conducta no se ajusta a los parámetros de buena fe.
- Aplicó el plazo de prescripción decenal previsto en el art. 4023 del Código Civil, al considerar que es la norma residual aplicable ante la ausencia de una regulación específica para el caso de devolución de haberes jubilatorios indebidamente percibidos.

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