ARGEX INTERNATIONAL SA c/ EXOLOGISTICA SA s/CESE DE OPOSICION AL REGISTRO DE MARCA
La empresa "Argex International" solicitó el registro de sus marcas "Argex International" ante el INPI. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal confirmó la sentencia que hizo lugar a la demanda y declaró infundadas las oposiciones de "Exologística S.A.".
¿Quién es el actor?
Argex International S.A.
¿A quién se demanda?
Exologística S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cese de oposición al registro de marcas "Argex International" de las clases 36 y 39.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda de Argex International S.A. y declaró infundadas las oposiciones de Exologística S.A.
Los fundamentos principales de la decisión fueron:
- Las marcas "Argex International" y "Exo Logística" son claramente distinguibles, tanto en lo gráfico como en lo fonético, por lo que no existe confundibilidad para el público consumidor.
- No corresponde desmembrar artificialmente los elementos de las marcas, sino analizarlas en su conjunto como fueron solicitadas, tal como establece la jurisprudencia.
- El logo de Argex International, compuesto por un redondel y una "V" invertida, no le confiere la "apariencia" de "Argexo" como sostuvo Exologística, pues es una mera conjetura sin sustento jurídico.
- Siendo marcas claramente diferenciables, resulta irrelevante analizar otros aspectos como la eventual coexistencia en el mercado o el posible riesgo de confusión para el público consumidor.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: