IFRAN ROBERTO LUIS Y OTROS c/ ESTADO NACIONAL MININSTERIO DE ECON OBRAS Y SERV PUB Y OTROS s/PROCESO DE CONOCIMIENTO
Accionantes reclaman indemnización por irregular instrumentación de recompra de acciones del Programa de Propiedad Participada. La Cámara revoca la prescripción y remite el caso a nueva resolución considerando el plazo decenal.
- Actores: Roberto Luis Ifran y otros
- Demandados: Comité Ejecutivo de la Sindicación de Acciones del PPP de Telecom, Estado Nacional, Banco de la Ciudad de Buenos Aires
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Indemnización por irregular instrumentación de recompra de acciones y por indeterminación del plazo de pago del saldo impago.
¿Qué se resolvió?
La Cámara revoca la sentencia que había declarado prescripta la acción. Considera que corresponde aplicar el plazo de prescripción decenal del art. 4023 del Código Civil, por lo que la acción no se encontraba prescripta al momento de interposición de la demanda. Remite el caso a nueva resolución.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- El reclamo de los actores se vincula a los derechos emergentes de los Programas de Propiedad Participada y al daño por las limitaciones con que recibieron las acciones y las condiciones de recompra. Por ello, corresponde aplicar el plazo decenal del art. 4023 del CC, y no el bienal de responsabilidad extracontractual.
- Al computar el plazo desde la fecha de suscripción de los boletos de compraventa (29/07/1995) hasta la interposición de la demanda (29/07/2005), no había transcurrido el plazo de 10 años.
- Se remite a lo resuelto en causas anteriores de la Sala sobre similar cuestión.
- Respecto a las costas, se aparta del principio general y las distribuye en el orden causado, atendiendo a la complejidad del tema y el modo en que se resuelve.
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