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ROMERO GUSTAVO DANIEL Y OTROS c/ TELEFONICA DE ARGENTINA SA Y OTRO s/PROGRAMAS DE PROPIEDAD PARTICIPADA

Trabajadores reclaman participación en programa de propiedad accionaria. La Cámara revoca parcialmente la sentencia y desestima la demanda de algunos actores.

Relacion de dependencia Programa de propiedad participada Privatizacion Derechos de los trabajadores Transferencia de personal

Participación en programa de propiedad participada (PPP)

¿Qué se resolvió?

La Cámara revoca parcialmente la sentencia apelada y desestima la demanda interpuesta por los actores Eduardo Corvalan, Claudio Alessio y José Rodríguez Campos, por no encuadrar en los sujetos habilitados por la ley para acceder al PPP.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El art. 29 de la ley 23.696 y el decreto 584/93 establecen que el derecho al PPP estaba reservado a los empleados del ente a privatizar que tenían relación de dependencia al momento de la privatización. Los actores mencionados no cumplían con ese requisito por haber ingresado con posterioridad a la privatización de ENTEL.

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